Cumplimiento de obligaciones alimenticias

Escrito por Zárate Abogados

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abril 1, 2020

A pesar de que se decretó la suspensión de actividades en los tribunales del Estado de Nuevo León al menos hasta el 20 de Abril, existen ciertos procedimientos judiciales que no se pueden suspender dada la naturaleza de los mismos.

Entre ellos está el de consignación de pensión alimentaria así como los trámites para su entrega a favor de quien se consigne.

¿Qué son las obligaciones alimenticias?

 La pensión alimenticia es la obligación de los responsables cosanguíneos de otorgar alimentos a sus hijos; esta pensión comprenden la comida, el vestido, la habitación, atención médica, gastos para la educación de los menores y para proporcionarles oficio, arte o profesión.

En México esta figura jurídica queda establecida en el Código Civil Federal en diferentes artículos que detallan su reglamentación.

Si usted venía consignando judicialmente la pensión alimenticia, continúe cumpliendo en tiempo y forma, y evítese de esa manera caer en incumplimiento.

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1 Comentario

  1. Ricardo

    Excelente artículo, me da mucha información sobre el tema y poder contratar un buen abogado en Derecho Familiar. Muchas gracias

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