El impuesto predial es una de las contribuciones más importantes que las y los propietarios de inmuebles deben cubrir. Este gravamen, calculado con base en el valor catastral del predio, tiene como objetivo financiar servicios públicos municipales.
En Nuevo León, el predial se paga anualmente y puede representar un gasto significativo para ciertos contribuyentes. Sin embargo, la Ley de Hacienda para el Estado y Municipios de Nuevo León contempla una tarifa única especial que podría ayudarte a optimizar tus costos fiscales.
¿Qué es la tarifa única especial del predial?
De acuerdo con el Artículo 21 bis-9 de la Ley de Hacienda, ciertos inmuebles pueden beneficiarse de una tarifa única especial de dos cuotas anuales, siempre que cumplan con alguno de los siguientes supuestos:
- Planteles escolares no oficiales: Predios destinados a la enseñanza obligatoria o universitaria, siempre que no se utilicen con fines de lucro.
- Propiedad de la Universidad Autónoma de Nuevo León e instituciones públicas: Excepto en inmuebles destinados a actividades lucrativas.
- Servicio público gratuito: Predios pertenecientes a particulares que no perciban renta por su uso.
- Viviendas con valor catastral menor a 6,049 cuotas: Siempre que la o el propietario habite el inmueble y no posea otro bien raíz en el estado.
- Predios ejidales y patrimonios familiares: Según lo establecido en el Código Civil del Estado.
- Instituciones de beneficencia privada: Inmuebles destinados directamente a sus fines no lucrativos.
- Predios destinados a solucionar problemas de vivienda: Incluyendo programas similares al Fomento Metropolitano de Monterrey.
- Otros casos específicos: Como inmuebles de huérfanos, mujeres no casadas, jubilados, pensionados o personas mayores con ingresos limitados.
Para acceder a este beneficio, es fundamental: estar al corriente en el pago del impuesto predial, además de verificar que tu inmueble cumpla con los requisitos del Artículo 21 bis-9, y contar con la documentación que acredite tu derecho al beneficio (como títulos de propiedad, permisos educativos, entre otros).
En Zárate Abogados, podemos asesorarles en revisar si su inmueble califica para la tarifa única especial. Preparar y presentar la solicitud necesaria ante las autoridades correspondientes. Así como buscar soluciones legales ante alguna controversia relacionada con la aplicación del pago del predial.






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