Mi Obra fue Suspendida, ¿Ahora Qué? La Guía de Emergencia

suspensión de obra

octubre 2, 2025

La suspensión de una obra es la peor pesadilla de cualquier desarrollador. Cada hora de inactividad intensifica la crisis. La reacción natural es el pánico, pero actuar desde la desesperación puede convertir una suspensión temporal en un litigio largo y costoso. La clave está en seguir un protocolo claro.

Fase 1: Contención Inmediata (Las Primeras 24 Horas)

El objetivo inmediato es detener el daño y prepararte para la defensa.

  1. No Tocar los Sellos:  Retirar un sello de suspensión es un delito penal. Su integridad es inviolable, sin importar lo injusta que parezca la medida.
  2. Asegurar el Perímetro y Comunicar al Equipo: Notifica de inmediato a todo el personal clave que la obra está suspendida y que nadie puede trabajar. Asegura el sitio para prevenir que, por desconocimiento, alguien viole la medida.
  3. Analizar el Acta Circunstanciada: La autoridad debió dejarte una copia del acta donde se ordena la imposición de una medida de seguridad (suspensión). Este es el documento más importante de tu proyecto. Analiza los hechos, los artículos que presuntamente se violaron y la motivación de la medida. Sin un diagnóstico claro, cualquier defensa será ineficaz.
  4. Activar al Equipo Legal Especializado: Necesitas un especialista en litigio administrativo-desarrollo urbano. El tiempo es tu recurso más valioso, y cada hora perdida es una hora menos para preparar una defensa sólida.

Fase 2: Diagnóstico y Estrategia (Días 2-5)

Con la situación contenida, es momento de analizar y planear el contraataque.

  1. Identificar la Causa Raíz: Toda suspensión se origina por una de estas causas:
  • Problema Documental: Falta de un permiso, una firma o un plano que no corresponde. 
  • Problema Fáctico: Se incumplió con lo autorizado; por ejemplo, se construyó de más o se invadió un lote ajeno. 
  1. Diseñar la Doble Vía de Acción: La estrategia más efectiva es atacar por dos frentes a la vez.
  • Comparecencia ante la autoridad administrativa: Comparecer ante la autoridad administrativa a fin de explicar la situación y en su caso, informar sobre la forma en que se está dando cumplimiento a cualquier irregularidad, en caso de resultar procedente. 
  • Vía del Litigio: En dado caso de que la autoridad no haya cumplido con el estándar legalmente requerido para ordenar una medida de seguridad, es posible combatirlo a efecto de que un juez ordene su levantamiento. 
  1. Ejecución y levantamiento:  Es la fase de acción donde se materializa la estrategia.
  • Negociación Técnica con la Autoridad: Una vez presentada la comparecencia ante la autoridad administrativa, se lleva a cabo un diálogo con pruebas y argumentos que permiten ilustrar que la causa de la suspensión ha sido corregida o era infundada. 
  • Resolución Judicial Favorable: Se litiga activamente hasta obtener una medida cautelar (suspensión del acto impugnado/reclamado) que ordene el levantamiento de la medida de seguridad impuesta. 

En una crisis, la calma no es pasividad; es el resultado de tener un plan. Una suspensión de obra gestionada con velocidad y la asesoría correcta, puede convertirse en una oportunidad para salvaguardar tu inversión y la continuidad de tu proyecto. ¡Hazlo como se debe!

Roberto Sebastián Woo Trasfí | sebastian@zarateabogados.com

También puede interesarte:

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *