Un Solo Rumbo: La Concurrencia y Coordinación como Claves del Ordenamiento Territorial

Uno de los desafíos más grandes en la gestión de nuestras ciudades ha sido la fragmentación gubernamental: municipios que planean sin considerar al estado, o políticas federales que no aterrizan en la realidad local. La Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) enfrenta este reto mediante el principio de concurrencia.

La ley establece que la planeación, ordenación y regulación de los Asentamientos Humanos no es tarea exclusiva de una sola autoridad, sino una responsabilidad compartida que exige una sincronización precisa entre todos los niveles de gobierno.

1. ¿Quiénes participan?

La legislación fija explícitamente la concurrencia de tres actores clave para ejercer atribuciones en materia de ordenamiento territorial en todo el territorio nacional:

1. La Federación.

2. Las entidades federativas (Estados y en su caso la Ciudad de México).

3. Los municipios (en su caso las alcaldías de la Ciudad de México). 

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Esta unión de fuerzas busca asegurar que exista una efectiva congruencia y coordinación en las acciones gubernamentales, evitando esfuerzos aislados o contradictorios.

2. ¿Qué se coordina?

La coordinación no es solo administrativa, sino operativa. La ley manda que estos órdenes de gobierno trabajen juntos en las cinco fases críticas de los Centros de Población:

Fundación: El establecimiento de nuevos asentamientos.

Crecimiento: La expansión física ordenada de las zonas urbanas.

Mejoramiento: La renovación y dotación de infraestructura en zonas deterioradas o incipientes.

Consolidación: El proceso de densificación y aprovechamiento eficiente del territorio urbano.

Conservación: La preservación del patrimonio y el equilibrio ecológico.

Para lograr esto, los planes municipales deben guardar estricta congruencia con la planeación estatal y federal. De hecho, antes de inscribir un plan municipal en el Registro Público, la autoridad estatal debe validar que este se ajuste a la visión general del ordenamiento territorial.

3. Responsabilidades Diferenciadas pero Unidas

Aunque actúan en conjunto, cada nivel tiene un rol específico para garantizar el orden:

Federación: Formula la política nacional y la estrategia general de ordenamiento territorial.

Estados: Legislan localmente, aprueban sus programas estatales y vigilan la congruencia de los planes municipales.

Municipios: Son los encargados directos de formular y aprobar los planes de Desarrollo Urbano locales, administrar la zonificación y expedir licencias y permisos.

La concurrencia establecida en la LGAHOTDU es el mecanismo que asegura que, sin importar el nivel de gobierno, el objetivo sea el mismo: ciudades ordenadas y justas. Garantiza que la visión nacional de desarrollo aterrice correctamente en la calle donde vivimos.

Miguel Zárate
Miguel Zárate

Socio fundador | Doctor en Derecho, Director General de Zarate Abogados.
miguel@zarateabogados.com

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