Una de las obligaciones más importante en propiedades condominales, es el pago de las cuotas ordinarias o extraordinarias que la Asamblea establezca para cubrir los gastos de operación, pero los condóminos morosos son uno de los problemas más recurrentes de la administración para los propietarios de unidades privativas de un condominio.
Con el boom de los desarrollos inmobiliarios en el área metropolitana de Monterrey, es claro que la ocupación de una unidad privativa en un condominio, sea para uso residencial o comercial, se vuelve cada vez más común.
Como consecuencia, por desafortunado que sea, también lo acompaña un crecimiento en el número de condóminos que no pagan o no cubren en tiempo las cuotas de mantenimiento a su cargo.
Para estos casos de condóminos morosos o total impago de cuotas, el administrador del condominio puede tomar acción legal para obligar a los condóminos que incumplan con sus obligaciones condominales. Según la legislación actual, es su derecho embargar los bienes suficientes de condóminos morosos para poder garantizar la cobranza de estos adeudos.
Aunque es importante aclarar que para aplicar este embargo, el condómino debe ocurrir que el condómino adeude el pago de tres o más cuotas ordinarias o una cuota extraordinaria, pues así lo regula la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Nuevo León.
En Zárate Abogados, podemos auxiliar en este procedimiento de cobranza de cuotas ordinarias y extraordinarias. ¡Contáctanos ya!







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