La Imposición de multas resultan ser una herramienta esencial para asegurar el control y armonía dentro del Régimen en Condominio, pues con dichas medidas disciplinarias se garantiza la convivencia y el cumplimiento de la Ley, la Escritura y el Reglamento del Condominio.
En consideración a las multas previstas en la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Nuevo León, las multas pueden oscilar entre 10 y 150 cuotas, dependiendo de la gravedad de la falta. Siendo que cada condominio ya sea a través de su Escritura o Reglamento pueden determinar diferentes multas o conductas infractoras a sancionar.
El Administrador es el facultado para imponer las sanciones y se podrá impugnar su aplicación ante la Asamblea General en caso de inconformidad. Las multas pueden aplicarse por diversas conductas infractoras, tales como:
- Incumplimiento en el pago de cuotas condominales.
- Uso indebido de áreas comunes.
- Generación de ruido excesivo que afecte la tranquilidad del condominio.
- Realización de modificaciones no autorizadas en áreas comunes.
Es importante contar con un sistema claro, amplio y preciso respecto de la imposición de multas para así contar con un mecanismo de control y garante de convivencia dentro del condominio, sin que este resulte excesivo.
Si estás interesado en que en tu Condominio exista una debida instrumentación en la aplicación de multas y sanciones, acércate a Zárate Abogados, quienes cuentan con expertos en la materia que te podrán apoyar en la personalización de las conductas infractoras a sancionar para tu proyecto en específico y así lograr armonía en la comunidad condominal crear.






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