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Nuevo Reglamento de Cambio Climático en Santiago, NL: Nuevas obligaciones para empresas y desarrollos inmobiliarios
El día de hoy, 16 de septiembre de 2026, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Reglamento de Cambio Climático para el Municipio de Santiago, Nuevo León. Lejos de ser un documento de buenas intenciones, esta nueva regulación impone «dientes» legales, cargas operativas y un estricto régimen sancionador para los negocios y desarrollos ubicados en el municipio.
Si su empresa tiene operaciones comerciales, industriales, agropecuarias o está planeando un desarrollo inmobiliario en Santiago, es urgente revisar su nivel de cumplimiento normativo (Compliance Ambiental) frente a estas nuevas reglas.
Tres Cambios críticos que impactan a su negocio:
1. Obligación de reporte y bitácoras para negocios El reglamento categoriza como «fuentes emisoras de competencia municipal» a los establecimientos agropecuarios, comerciales, industriales y de servicios que emitan menos de 5,000 toneladas de CO2 al año. Estos negocios ahora están obligados a:
- Inscribir sus emisiones directas e indirectas en el nuevo Registro Municipal de Emisiones.
- Conservar los datos y cálculos de dichas emisiones por un periodo de 5 años.
- Llevar bitácoras de operación de sus equipos anticontaminantes y medir emisiones de gases, olores, partículas, ruido y vibraciones.
2. Impacto directo en la industria de la construcción Para los desarrolladores inmobiliarios, el juego cambia radicalmente. El municipio condicionará la viabilidad ambiental de las obras e impone la obligación de que los nuevos desarrollos contemplen, desde sus reglamentos de urbanización, infraestructura específica para la infiltración, captación y reutilización de agua pluvial. Además, se exigirá la incorporación de ecotecnias (como aislamiento térmico, fotoceldas y sistemas ahorradores).
3. Inspecciones «24/7» y multas severas La autoridad municipal ha blindado sus facultades de fiscalización. La Dirección General podrá realizar inspecciones todos los días del año, las 24 horas del día. Las sanciones por incumplimiento no son menores:
- Multas de 100 a 3,000 UMAs por no entregar información al municipio.
- Multas de hasta 1,500 UMAs si se detecta falsedad en la información proporcionada, elevándose a 7,500 UMAs en caso de reincidencia, sin perjuicio de las responsabilidades penales que resulten.
¿Cómo proteger las operaciones de su empresa?
El desconocimiento de esta norma no exime su cumplimiento. En Zárate Abogados, sugerimos implementar auditorías preventivas inmediatas para evitar clausuras o sanciones económicas que mermen la rentabilidad de sus proyectos en el municipio de Santiago.
Nuestro equipo legal está a su disposición para asesorarle en el cumplimiento de estas nuevas cargas regulatorias, o bien, para asumir la defensa legal y administrativa (mediante Recursos de Reconsideración o Juicios de Nulidad) ante actos de inspección arbitrarios.




