Tel: +52 (81) 8335 2930

Cambios a la principal Ley Ambiental de México
El pasado 26 de agosto de 2026, durante la conferencia de prensa matutina de la Presidencia, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales presentó formalmente la iniciativa que busca abrogar y sustituir a la actual Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Al ser una propuesta impulsada directamente por el Ejecutivo Federal, el sector industrial y regulado debe anticipar una alta probabilidad de aprobación, ya sea en fast-track o con modificaciones mínimas.
Como especialistas en derecho ambiental, advertimos que cuenta con diversos cambios importantes por lo que será necesario mantenerse al margen. De manera enunciativa estos son los cambios más importante que trae consigo esta nueva legislación:
- Registro de Infractores Ambientales: Se propone la creación de este registro como un nuevo instrumento de procuración de justicia que concentrará la información de las personas físicas y morales sancionadas mediante resoluciones administrativas firmes por infracciones graves.
- Alineación con el Acuerdo de Escazú: El proyecto se alinea con este tratado internacional, el Acuerdo de Escazú habla sobre la transparencia, la participación social activa y el acceso efectivo a la justicia ambiental, además de tutelar la protección de las personas defensoras del ambiente.
- Adiós PROFEPA, llega la Procuraduría Federal de Justicia Ambiental: La PROFEPA cambia de nombre, pasaría a denominarse Procuraduría Federal de Justicia Ambiental.
- Evaluación Ambiental Estratégica: Se incorpora como nuevo instrumento de planeación.
- Nuevas categorías de conservación y OMECs: Además de crear nuevas clasificaciones de Áreas Naturales Protegidas (ANP) y las Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación (ADVC), se incorpora el concepto de Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas (OMEC). Estas permiten reconocer legalmente espacios que, sin contar con una declaratoria formal de ANP, logran proteger la biodiversidad de manera efectiva y sostenida.
- Cambio Climático y Economía Circular: El texto armoniza con la Ley General de Cambio Climático y la Ley General de Economía Circular para obligar a una transición gradual de modelos económicos lineales a circulares.
- Modernización de Información y el «Distintivo» de Calidad: Se fortalece el Sistema de Información Ambiental y se introduce formalmente el Distintivo de Calidad Ambiental, un reconocimiento voluntario para las empresas que generen beneficios ambientales tangibles mediante la prevención y mejora en sus procesos, productos o servicios.
- Regularización extemporánea de MIAs: Se reconoce la regularización de proyectos mediante la figura de «solicitud espontánea» para aquellas obras que hayan iniciado o concluido sin contar con su Evaluación de Impacto Ambiental (MIA) previa. Esto quedará condicionado a la presentación de un detallado Estudio de Daño Ambiental (que fije medidas de compensación y restauración) y a la entrega de una garantía financiera suficiente para asegurar su cumplimiento.
Esta lista representa únicamente una enumeración rápida de una reforma sumamente extensa. Cada uno de los puntos expuestos conlleva profundas implicaciones operativas, financieras y de cumplimiento que exigen un análisis legal y técnico sumamente específico para blindar cualquier proyecto. En Zárate Abogados estamos listos para guiarte paso a paso en esta transición y asegurar que tu empresa opere bajo el más estricto marco legal. #hazlocomosedebe




