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Responsabilidad civil en la planeación de eventos y espectáculos masivos
El concepto de responsabilidad civil extracontractual es un concepto que siempre se debe tener presente al momento de organizar eventos especiales y espectáculos públicos donde habrá una gran concentración de personas.
En Nuevo León, existen reglamentos municipales donde se regulan los lineamientos que los organizadores de eventos deben cumplir para tener preparadas medidas preventivas y de auxilio en caso de ocurrir algún siniestro, así como cumplir con ciertos requisitos para atender a las personas asistentes o terceras que hayan sufrido algún daño o perjuicio derivado del mismo.
Hablando específicamente de eventos organizados en San Pedro Garza García, el artículo 40 de su Reglamento de Protección Civil en el Municipio establece que los promotores, organizadores o responsables de la realización de eventos especiales o espectáculos públicos de afluencia masiva de personas, deberán celebrar dichos eventos en apego a las reglas que el mismo reglamento señala.
En la fracción VII de ese mismo artículo, se establece que el organizador o responsable del evento deberá contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente para atender los daños que pudieran sufrir los asistentes al evento y terceras personas, por emergencias o siniestros que con motivo del mismo se presenten.
De lo contrario, el organizador será responsable del pago de cualquier gasto que se origine con motivo de las medidas de prevención, mitigación y auxilio que implemente la Dirección de Protección Civil.
Sin embargo, la búsqueda del responsable de los daños y perjuicios ocasionados a los asistentes del evento se puede tornar más complicada, debiendo llevarse a cabo una investigación para determinar quién puede ser subjetivamente u objetivamente responsable dependiendo de la naturaleza del siniestro.
Para poner un ejemplo, tomamos la gran tragedia ocurrida el día 22 de mayo de 2024 en el evento de cierre de campaña de la entonces candidata de Movimiento Ciudadano a la alcaldía de San Pedro Garza García.
En dicho evento, un ventarrón causó la caída del escenario sobre los asistentes, provocando la muerte de 10 personas, así como lesiones de diversa índole a 246 personas.
Conforme a lo establecido en párrafos anteriores, Movimiento Ciudadano como presunto organizador debió contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil con una cobertura suficiente para hacer frente a los daños y perjuicios que pudieran provocarse a sus asistentes.
Por ende, la reparación de los daños ocasionados y/o indemnizaciones pertinentes deben reclamarse al propio presunto organizador Movimiento Ciudadano para que éste a la vez lo informe a su aseguradora, o de lo contrario lo debe reclamar directamente a la aseguradora.
En Zárate Abogados, podemos ayudarte en la presentación de reclamaciones de daños y perjuicios a aseguradoras. Es tu derecho la reparación de daños y perjuicios derivados de algún siniestro en contra de los propios responsables.



