Fuerza Mayor, en Nuevo León

Fuerza Nuevo León

Escrito por Zárate Abogados

info@zarateabogados.com

octubre 4, 2020

Ahora sí, nadie esta obligado a la fuerza mayor en Nuevo León.

El viernes 02 de octubre, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, la reforma referente a la Fuerza Mayor.

Para entrar en vigor al día siguiente de su publicación, la reforma al artículo 2005 del Código Civil para el Estado de Nuevo León.

Dicho artículo dispone:

“Nadie está obligado al caso fortuito, sino cuando ha dado causa o contribuido a él, cuando ha aceptado expresamente esa responsabilidad, o cuando la ley se la impone.”

Por su parte, la reforma implica adicionar la fuerza mayor al texto de esta disposición.

Con el fin de que su actualización sea a su vez, un eximente de responsabilidad.

Es clara la intención de precisar la interpretación de este precepto, pues a pesar de que los conceptos, caso fortuito y fuerza mayor.

En ocasiones son equiparables entre sí puesto que provocan la imposibilidad de cumplir con la obligación.

Esto por ser causas ajenas a las partes, el Código, en la literalidad de esta disposición no lo transmitía de esta forma. 

En definitiva, esta reforma está estrechamente relacionada con las diferentes controversias que surgieron a raíz de haber decretado como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la enfermedad generada por el virus COVID-19.

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