El Reconocimiento de nuestro derecho a la movilidad

El 18 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, una reforma en materia de movilidad. Entre otras cosas, incorporó al texto constitucional el concepto de derecho a la movilidad y sus respectivas condicionantes para su funcionamiento.

Para garantizar el derecho a la movilidad se realizaron cambios a los numerales 115 y 122. Las modificaciones se relacionan a las facultades municipales y atribuciones del denominado Consejo de Desarrollo Metropolitano.

Una de las modificaciones más importantes fue al 115 constitucional. En ellas se incorporaron modificaciones que dan paso a esquemas de coordinación municipales entre estados:

Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios municipales de dos o más entidades federativas formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, la Federación, las entidades federativas y los Municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada el desarrollo de dichos centros, incluyendo criterios para la movilidad y seguridad vial, con apego a las leyes federales de la materia.

Coordinación territorial en materia de movilidad

Núcleos urbanos tan extensos como la “megalópolis del Valle de México”, o la zona de Torreón, Gómez Palacio y Lerdo, encontrarán un esquema que faculte su correcta planeación y desarrollo.

Es importante destacar que la reforma, sirve también para robustecer aspectos fundamentales para garantizar el derecho a la movilidad. Estos aspectos incluyen la seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

Dicha reforma instrumentó la creación de la Ley General en Materia de Movilidad y Seguridad Vial, publicada después de 180 días desde que entró en vigor el decreto descrito. Es decir, un día después de su publicación el pasado 18 de diciembre. Además de la armonización de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en el mismo plazo.

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Luis Fernández
Luis Fernández

Asociado | CV
luisf@zarateabogados.com

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