Las leyes que surgieron después de la Guerra de Independencia

Al referirnos a la Guerra de Independencia de México irremediablemente pensamos en 1810; la realidad es que fue un proceso y un movimiento bélico y político a lo largo de muchos años; según el canon oficial su consagración fue hasta 1821.

En 1821 la mezcla de guerrillas y milicia del Ejército Trigarante, comandado por Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero, realizaron aquella entrada icónica a la Ciudad de México. En ese momento hubo un cambio social y político de la mano del establecimiento del Estado mexicano; se configuró el inicio de una entidad independiente del imperio español y para muchos culminó la lucha insurgente.

El 28 de septiembre 1821 se firmó el acta de independencia que reconoce a México como un imperio independiente; dos años después esta acta se renueva para modificar el término imperio por el de República, tras la caída del Emperador Agustín de Iturbide. Por ello podemos mencionar que en un estricto sentido del derecho positivo existen dos actas de independencia; es decir la del imperio y de la República, esta última figura la que permearía el resto de la tradición legislativa mexicana, aún y cuando la ocurrencia política del día a día pueda sugerir otra cosa.

En un sentido amplio ubicamos como el primer cuerpo normativo a la Constitución Federal de los Estados Unidos mexicanos de 1824; que es un texto federalista preponderantemente, respetando una relativa autonomía a los Estados, y donde en un aspecto tributario se compartían los ingresos que por impuestos se encontraban vigentes; esta misma fue abolida en dos ocasiones en 1836 y en 1844, luego de diversas pugnas políticas y aunque en varias ocasiones se instauró, buena parte de sus principios orgánicos y sustantivos se reflejaron en la Constitución de 1857

La Guerra de Independencia y Las Siete Leyes

En medio de esta agitación política entre los grupos que favorecían una República centralizadora o federalista; quienes pugnaban por una mejor repartición de poderes para los Estados, y tras una relativa victoria del grupo centralista en 1836; se instauró lo que se conoció popularmente como las Siete leyes. En este periodo se establecieron las bases constitucionales para la operación de la República y fueron decretadas por el Congreso general en aquel momento operante. 

Las Siete Leyes establece las bases de una República centralista; se contemplan, entre otros, un apartado especial sobre los Derechos y Obligaciones de los Mexicanos y Habitantes de la República; que en su parte esencial reconocía los derechos del nacionalidad, igualdad, libertad, propiedad, seguridad jurídica y derechos políticos; sin embargo, y hasta ese momento no se reconocían los derechos de libertad de culto y encontraría la concepción moderna se establecía a la religión católica romana como el credo obligatorio. Debe mencionarse que el ejercicio de los derechos que se reconocían estaban supeditados a la condición económica y cultural de las personas, cuestión que no cambiaría hasta muchos años después.

En materia de disposiciones reglamentarias, existió poco avance en cuanto a legislación se refiere; salvo los contados casos de excepción como la Ley para el Arreglo de Administración de Justicia en los Tribunales y Fuero común de 1837 y el primer Código de Comercio de 1854; cabe mencionar que este último se ve fuertemente influenciado por la tradición del derecho español y francés.

Roberto Guerra
Roberto Guerra

Asociado | CV
roberto@zarateabogados.com

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *