Límite para reactivación de trámites de desarrollo urbano en San Pedro

Límite para reactivación de trámites de desarrollo urbano en San Pedro

Escrito por Jesus Arguijo

enero 20, 2022

El pasado 28 de diciembre del 2021, entró en vigor el nuevo Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo del Municipio de San Pedro. Dentro de los cambios más importantes de este reglamento, destaca la caducidad o baja de los trámites de desarrollo urbano, entre ellos, licencias o autorizaciones municipales. 

El artículo 299 dispone que no solo bastará con que una solicitud se ingrese en ventanilla para darla por presentada. Ahora se impone la obligación de solicitar una Constancia de Recepción dentro de los 15 días naturales posteriores en que se ingresó el trámite. Este paso es necesario para que legalmente dé por ingresado. En caso de no solicitar dicha Constancia, se desechará el trámite por caducidad. 

Cabe precisar que la obligación de contar con dicha Constancia también aplica para los trámites de desarrollo urbano ingresados con anterioridad al 28 de diciembre del 2021; mismos que se consideran como “inactivos” conforme al nuevo reglamento.

Esto debido a que el artículo transitorio segundo del nuevo reglamento establece quienes hayan ingresado trámites con anterioridad a la entrada en vigor del reglamento (28 de diciembre del 2021), contarán con un plazo improrrogable de 45 días hábiles para acudir ante la Secretaría y solicitar la Constancia de Recepción a fin  de “regularizar” su trámite, ya que de no hacerlo se entenderá que dicho trámite ha caducado. 

Este plazo de 45 días hábiles para solicitar la reactivación de los trámites, vence el 04 de marzo del 2022.  

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