Antes de adquirir un inmueble, es importante verificar el aprovechamiento que puedes darle a través de modificaciones del espacio.
Para ello, la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Nuevo León contempla los usos y destinos del suelo.
Por uso de suelo, se entiende el fin particular al que podrá dedicarse determinada zona de un Centro de Población. Entre ellos, se encuentra el habitacional, comercial, de servicios, industrial, agropecuario, forestal y mixto.
Por destino de suelo, se entiende el fin público al que podrá dedicarse determinada zona de un Centro de Población. Entre ellos, se encuentran los dedicados a espacios abiertos y áreas verdes, infraestructura, equipamiento urbano y vialidad.
La diferencia radica en que el uso del suelo tiene un fin particular; mientras tanto, el destino del suelo es público.
Para revisar aquellos aplicables al inmueble de tu interés, es necesario acudir a los programas y planes de desarrollo urbano, instrumentos cuyo objetivo es garantizar un crecimiento urbano ordenado y equilibrado. Especialmente, deben revisarse los planos de zonificación secundaria que los integren.
Una vez identificado el uso de suelo aplicable a tu inmueble, es necesario acudir ante la dependencia municipal competente para que, según la obra que se pretende realizar, emita una licencia de uso del suelo que te permita tener constancia de los lineamientos que han sido reconocidos.
Concluido lo anterior, puedes avanzar con la tramitación de la licencia de construcción correspondiente, así como la licencia de uso de edificación.
No olvides asesorarte de la mano de expertos en cada etapa, a fin de evitar inconvenientes durante la ejecución de tu proyecto. ¡Hazlo como se debe!
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