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Consulta Pública IMPI: Todo lo que debes saber sobre la Indicación Geográfica de la «Naranja de Montemorelos»
El 25 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la consulta pública correspondiente a la solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica de la «Naranja de Montemorelos». Este trámite, promovido a solicitud del citricultor Miguel Ángel Salazar Rangel, permite a las partes interesadas conocer y someter a escrutinio los datos del expediente, incluyendo la delimitación precisa de la zona geográfica contemplada para la producción de este fruto en la región citrícola de Nuevo León.
¿Qué abarca esta protección y quiénes pueden usar el nombre?
En concreto, la solicitud tiene por objeto proteger la «Naranja de Montemorelos», descrita oficialmente como un fruto fresco procedente del naranjo dulce (Citrus sinensis L. Osbeck), el cual es cultivado bajo condiciones agroecológicas específicas en la región del Valle del Pilón, al sur del estado de Nuevo León. Asimismo, el expediente detalla que esta protección abarca predominantemente las variedades de naranja Valencia late, Marrs early y Navel.
Es fundamental destacar que, para poder utilizar legalmente el nombre de «Naranja de Montemorelos», los frutos deberán ser extraídos, producidos o elaborados estrictamente dentro de la zona geográfica delimitada en la solicitud. De acuerdo con la declaratoria, los únicos municipios que integran esta zona de producción autorizada son:
- Montemorelos
- General Terán
- Linares
- Hualahuises
- Allende
- Cadereyta Jiménez

El riesgo en los plazos: La recomendación de Zárate Abogados
«Si bien es cierto que la publicación en el Diario Oficial de la Federación menciona un plazo de dos meses para presentar observaciones u oposiciones, es fundamental advertir que el artículo 282 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial prevé expresamente un plazo improrrogable de solo un mes.»
Por lo tanto, para evitar cualquier riesgo ante esta discrepancia legal, en Zárate Abogados recomendamos categóricamente a nuestros clientes participar y presentar sus trámites dentro del primer mes posterior a la publicación. De esta manera, garantizamos el estricto cumplimiento de la ley y aseguramos que sus derechos y posturas sean admitidos en tiempo y forma.
Asesórate con expertos
Finalmente, hacemos una cordial invitación a todos los productores, comercializadores y terceros interesados, ya sea que deseen apoyar la procedencia de esta solicitud mediante observaciones, o bien, tengan la intención de formular una oposición u objeción formal.
En Zárate Abogados estamos preparados para representarle y guiarle paso a paso para cumplir íntegramente con los estrictos requisitos que exige la normatividad para su participación. Nuestro equipo de expertos se encargará de elaborar su postura por escrito, integrar y acompañar las pruebas respectivas, así como de gestionar el comprobante de pago de la tarifa correspondiente ante el IMPI.
Proteja sus intereses comerciales y asegure el éxito de su trámite acercándose a nuestros especialistas.
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