Nuevo León estrena marco turístico: reglas para hoteles y plataformas

El pasado 20 de mayo de 2026, se publicó la nueva Ley de Desarrollo y Fomento Turístico Sostenible, Nuevo León ha modernizado su regulación. El Artículo 10 establece explícitamente que tanto los hoteles y moteles como las viviendas particulares ofrecidas para estancias temporales a través de plataformas digitales son considerados prestadores de servicios turísticos.

Esta recategorización impone responsabilidades operativas y legales. Los propietarios y anfitriones deben operar minimizando su impacto ambiental, respetar las tarifas contratadas, evitar actos de discriminación y mostrar visiblemente la información de contacto para recibir quejas.

Sin embargo, la medida más estricta radica en la protección a menores (Artículo 16): todos los hospedajes tienen la obligación de solicitar identificación oficial y acreditar legalmente el parentesco o tutela para permitir el ingreso de niñas, niños y adolescentes. Cualquier anomalía o sospecha de delito debe denunciarse sin excepción al Ministerio Público .

Para lograr la implementación de estas reglas, los artículos transitorios imponen plazos improrrogables a las autoridades:

Obligaciones Estatales: La Secretaría de Turismo tiene 180 días naturales para publicar el Plan Turístico y el Plan de Ordenamiento, emitir los lineamientos generales de la ley e instalar el Consejo del Observatorio de Turismo Sostenible . Asimismo, cuenta con un plazo máximo de 365 días para habilitar los sistemas tecnológicos que darán soporte al nuevo Registro de Anfitriones y al Registro de Plataforma Tecnológica .

Obligaciones Municipales: Por su parte, los ayuntamientos disponen de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto para emitir o modificar sus propios reglamentos turísticos municipales . Adicionalmente, tienen 180 días naturales para instalar formalmente sus Consejos Ciudadanos Municipales .

Con este esfuerzo conjunto, la nueva regulación busca profesionalizar la industria, proteger a los turistas y garantizar un desarrollo sostenible en el Estado.

Miguel Zárate
Miguel Zárate

Socio fundador | Doctor en Derecho, Director General de Zarate Abogados.
miguel@zarateabogados.com

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