Pérdida del derecho al pago de adeudos en contratación pública

Pérdida del derecho al pago de adeudos en contratación pública

Escrito por Jesús Arguijo

agosto 22, 2024

En los contratos celebrados con el gobierno de Nuevo León, es frecuente la pregunta sobre el tiempo del que disponen los proveedores/contratistas para demandar el pago de adeudos. En muchas ocasiones estas deudas se acumulan, e incrementan, a través de varios años consecutivos.

Para esta entidad, la Ley de Administración Financiera establece que los créditos derivados de adquisiciones de bienes y servicios, así como arrendamientos en los que el Estado sea arrendatario y de contratación para obras públicas prescriben en un año, contado a partir de cuando el crédito sea exigible.

Estos significa que si un pago puede ser cobrado y el contratista/proveedor no realiza una gestión de cobro en un plazo no mayor a un año, perderá el derecho a reclamarlo.

Es importante que los contratistas que participan en obra pública conozcan los tiempos dictados por la ley vigente  y procedan correctamente para no perder su inversión.

En Zárate Abogados contamos con especialistas en el pago de adeudos en contra de las autoridades gubernamentales.

Nuestro equipo podrá asesorarte y brindar información y claridad para proteger su patrimonio y reducir los riesgos derivados del incumplimiento de contratos celebrados con el Gobierno.

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