Uno de los instrumentos más representativos en materia regulatoria ambiental, es la manifestación de impacto ambiental (MIA).
La MIA es el documento que permite evaluar cuáles serían los posibles efectos que la realización de una obra o actividad determinada, tendría en el medio ambiente. Se relaciona y se pone especial atención a los efectos negativos, ya que la MIA debe incluir las medidas para evitar o mitigar los efectos negativos en el medio ambiente.
No obstante que los efectos negativos de una obra o actividad, son los más observados; también se incluyen los efectos positivos que provocaría la realización de la obra o actividad.
Ahora bien, la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LEGEPA)establece los supuestos en los que se actualiza la obligación de obtener la autorización de la MIA, previo a iniciar la actividad de que se trate, para lo cual se requiere ingresar ante Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) el trámite para la evaluación del impacto ambiental.
Las leyes locales sobre la Manifestación de Impacto Ambiental
Los supuestos establecidos en la LEGEPA son de competencia federal, sin embargo, las legislaturas de las entidades federativas pueden establecer en sus normas legales locales, supuestos diversos en los que sean los Estados los que regulen la evaluación del impacto ambiental de determinadas obras o actividades.
Así, tenemos que todas entidades federativas tienen regulado en sus leyes locales, la evaluación del impacto ambiental de actividades cuya regulación no está reservada a la federación.
También podemos encontrar en las normativas municipales, supuestos que exigen algún tipo de procedimiento de evaluación de impacto ambiental, ya sea ante autoridades municipales o bien, en conjunto con autoridades estatales.
Es común que los procedimientos municipales de evaluación del impacto ambiental, estén vinculados a trámites para obtener permisos de construcción.
En todos los casos, la intención básica de la manifestación de impacto ambiental, es poder conocer, con base en estudios y análisis técnicos, cuáles serían los efectos que la realización de una obra y/o actividad determinada puede causar; y las medidas para evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos significativos sobre el medio ambiente.
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