Ciudades Blindadas y Verdes: El Mandato de sustentabilidad y resiliencia

Durante décadas, el crecimiento de las ciudades mexicanas a menudo ignoró el entorno natural y los peligros geográficos, resultando en desarrollos sobre zonas de conservación o en áreas vulnerables a desastres. La Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) busca poner un alto a estas prácticas, estableciendo que el futuro urbano se sostenga sobre dos pilares innegociables: la Sustentabilidad Ambiental y la Resiliencia. La ley obliga a transformar la manera en que planeamos: ya no se trata de cuánto crecemos, sino de cómo protegemos nuestros recursos y a nuestra gente.

1. Sustentabilidad: Límites Claros al Crecimiento

Bajo el principio de política pública de Sustentabilidad Ambiental, la ley exige el uso racional del agua y de los recursos naturales renovables y no renovables, con un objetivo claro: no comprometer la capacidad de las futuras generaciones.Esto tiene una implicación territorial directa y restrictiva: el crecimiento urbano no puede ocurrir en cualquier lugar. La ley busca evitar explícitamente que la mancha urbana devore:

• Suelos agropecuarios de alta calidad,

• Áreas naturales protegidas, y

• Bosques.

De hecho, las áreas consideradas como no urbanizables en los planes sólo pueden utilizarse acorde a su vocación agropecuaria, forestal o ambiental.

2. Resiliencia y Gestión de Riesgos: Proteger la Vida

Más allá de cuidar la naturaleza, la ciudad debe ser capaz de proteger a sus habitantes. La ley promueve la Resiliencia, seguridad urbana y riesgos como un eje rector, obligando a fortalecer las medidas de prevención, mitigación y adaptación. El objetivo es blindar a las personas y su patrimonio frente a dos tipos de amenazas:

1. Riesgos naturales (sismos, huracanes, inundaciones).

2. Riesgos antropogénicos (causados por la actividad humana).

3. La Prohibición de Construir en el Peligro

La legislación pasa de la teoría a la prohibición estricta. Las autoridades deben asegurarse de que no se ocupen áreas de alto riesgo sin las debidas medidas de prevención. Antes de otorgar licencias para construcción o uso de suelo en zonas vulnerables, es obligatorio solicitar un estudio de prevención de riesgo que garantice que se han realizado las obras de mitigación adecuadas. La ley es tajante: en zonas de alto riesgo donde no se hayan tomado estas medidas, está estrictamente prohibido realizar cualquier obra o edificación de carácter permanente.

Jesús Arguijo
Jesús Arguijo

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