Quórum de votación en asambleas condominales

Un problema recurrente con efectos legales relevantes

Las asambleas generales de condóminos son el máximo órgano de decisión del condominio. Sin embargo, en la práctica, uno de los principales obstáculos para su correcto funcionamiento es la determinación del quórum de votación.

Reglas generales de votación

La mayoría de las legislaciones condominales establecen, como regla general, que los acuerdos se adoptan por mayoría simple. Dependiendo del caso, esta mayoría puede referirse:

  • A los condóminos presentes en la asamblea, o
  • Al porcentaje del indiviso total del condominio.

En asuntos de especial relevancia —como la modificación de la Escritura Constitutiva o del Reglamento Interno— suele exigirse una mayoría calificada, que no solo implica un porcentaje mayor, sino que generalmente debe computarse sobre el total del indiviso del condominio.

Condóminos morosos y suspensión del derecho a voto

Una regla común en la norma condominal es que los condóminos que se encuentran en mora no pueden ejercer su derecho a voto, salvo en supuestos específicos previstos en la ley.

Aquí surge un problema práctico de gran relevancia:

¿Qué ocurre cuando una parte significativa del indiviso corresponde a condóminos con el derecho de voto suspendido?

En estos casos, puede generarse una situación en la que:

  • El quórum legal resulta inalcanzable, y
  • Los condóminos cumplidos ven impedido el ejercicio efectivo de su derecho de decisión.

La necesidad de una interpretación funcional

Ante este escenario, cobra relevancia el análisis de si el indiviso correspondiente a los condóminos morosos puede deducirse del total, a efecto de determinar un “indiviso votable” que permita la operatividad del condominio.

Una incorrecta determinación del quórum no es un tema menor: puede dar lugar a la nulidad de los acuerdos adoptados, con las consecuencias legales que ello implica.

Por ello, antes de celebrar una asamblea y someter a votación acuerdos relevantes, resulta indispensable revisar cuidadosamente el marco legal aplicable y la situación concreta del padrón de condóminos.

Marcelo Sepúlveda
Marcelo Sepúlveda

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