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Constitución de Cádiz y nuestro derecho penal actual
La historia moderna vio nacer las primeras constituciones formales en el mundo, como la de Estados Unidos en 1787, la de Francia en 1791 así como la de Cádiz de 1812. Dichos ordenamientos establecieron Estados liberales que buscaban inaugurar una era de convivencia democrática y protección a los derechos inalienables de las personas. La constitución de 1812 sonserva hasta hoy su influencia en materia de derecho penal.
La Constitución de Cádiz, aprobada el 19 de marzo de 1812, fue conocida popularmente como «La Pepa , debido a que coincidía con las festividad de San José. Es la primera Constitución propiamente española, ya que el Estatuto de Bayona de 18, no dejó de ser una “Carta otorgada” marcada por el sello napoleónico.
Dicho texto constitucional contenía un apartado relativo a la administración de justicia en lo criminal, mas precisamente el capítulo III de dicho documento establece las bases de en su momento el derecho penal que se aplicaba, entre ellas un proceso público, sin torturas, poniendo al presunto culpable ante el juez competente, etc.
Principios de la Constitución de Cadiz
- La libertad de imprenta del 10 de noviembre de 1810;
- La abolición de la esclavitud del 6 de diciembre de 1810;
- Medidas para el fomento de la agricultura e industria en la América Española de 12 de marzo de 1811;
- La abolición del tributo de los indios y normas sobre el reparto de tierras de 13 de marzo de 1811;
- La abolición de la tortura de 22 de abril de 1811;
- La abolición de los privilegios inherentes a los señoríos de 6 de agosto de 1811;
- La equiparación de criollos y peninsulares y la libertad de actividad económica en la América Española de 9 de noviembre de 1811;
- La abolición de la pena de horca de 24 de enero de 1812;
- La admisión de negros y mulatos a las universidades de 29 de enero de 1812,
- La formación de ayuntamientos constitucionales de 23 de mayo de 1812;
- La exclusión de eclesiásticos de oficios municipales de 21 de septiembre de 1812;
- Nuevas normas procesal-penales de 9 de octubre de 1812;
- La delimitación de las jurisdicciones eclesiásticas, castrense y ordinaria de 5 de noviembre de 1812;
- La abolición de las mitas y del servicio personal;
- Otras medidas a favor de los indios de 9 de noviembre de 1812;
- La reducción de baldíos y terrenos comunes a dominio particular de 4 de enero de 1813;
- La abolición de la Inquisición y nacionalización de bienes (pero a su vez el establecimiento de Tribunales Defensores de la Fe) de 22 de febrero de 1813;
- Normas sobre la responsabilidad de empleados públicos de 24 de marzo de 1813;
- El servicio militar general de 8 de junio de 1813;
- La supresión de las restricciones gremiales de 8 de junio de 1813;
- Normas sobre el derecho de autor de 10 de junio de 1813;
- La abolición de la pena de azotes de 8 de septiembre de 1813; y
- La supresión de misiones dirigidas por frailes, a los diez años de establecerse de 13 de septiembre de 1813.




